Seguramente la mayoría de nosotros no la había leído nunca. El objetivo de este grupo de vecinos es luchar, en virtud de lo que dice el art. 3º inciso a), para la protección de los derechos garantizados en esta ley y en la Constitución Provincial y Nacional.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES LEY 11723
DEL MEDIO AMBIENTE
El Senado y
TITULO I:
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPITULO UNICO:
DEL OBJETO Y DEL AMBITO DE APLICACIÓN
ARTICULO 1º: La presente ley, conforme el articulo 28º de
TITULO II:
Disposiciones generales
CAPITULO I:
De los Derechos y Deberes de los Habitantes
ARTICULO 2º: EL Estado Provincial garantiza a todos sus habitantes los siguientes derechos:
Inciso a): A gozar de un ambiente sano, adecuado para el desarrollo armónico de la persona.-
Inciso b): A la información vinculada al manejo de los recursos naturales que administre el estado.-
Inciso c): A participar de los procesos en que esté involucrado el manejo de los recursos naturales y la protección, conservación, mejoramiento y restauración del ambiente en general,de acuerdo con lo que establezca la reglamentación de la presente.-
Inciso d): A solicitar a las autoridades de adopción de medidas tendientes al logro del objeto de la presente ley, y a denunciar el incumplimiento de la misma.-
ARTICULO 3º: Los habitantes de
Inciso a): Proteger, conservar y mejorar el medio ambiente y sus elementos constitutivos
efectuando las acciones necesarias a tal fin.-
Inciso b): Abstenerse de realizar acciones u obras que pudieran tener como consecuencia la degradación del ambiente de